viernes, 18 de julio de 2014

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Sentència del Tribunal de Justícia Europeu (TJUE) de 17 de Juliol de 2014 fa fallida la Llei 1/2013 del PP sobre desnonaments!

Comunicat PAH: http://afectadosporlahipoteca.com/2014/07/18/sentencia-tjue-ley-ilegal/

Sentencia del TJUE quiebra la Ley del PP sobre desahucios

18/07/2014

La ley del PP viola los derechos humanos, así lo establece la sentencia del TJUE del 17 de julio.

El pasado mayo de 2013, el Partido Popular aprobó en solitario la ley 1/2013, rechazando las medidas propuestas por la Inicitiva Legislativa Popular de la PAH, que llegaba al Congreso con un millón y medio de firmas después de 500.000 ejecuciones hipotecarias desde el inicio de la crisis. La aprobación de la ley 1/2013 demostró un desprecio por la democracia por parte del Partido Popular, así como un desprecio por el sufrimiento de las miles de familias víctimas de la estafa hipotecaria.

Un año después, el TJUE dicta una nueva sentencia que pone de nuevo en evidencia al gobierno español. El TJUE establece que la actual legislación hipotecaria viola los derechos fundamentales de las personas, y sitúa al deudor hipotecario en una situación de desigualdad. La sentencia obliga, de nuevo, al gobierno del PP a modificar la legislación, en este caso la Ley de Enjuiciamiento Civil.

La sentencia reconoce la vivienda como un bien de consumo de necesidad básica. Tal y como viene reclamando desde hace años la ciudadanía, que ha sido la primera en denunciar la vulneración sistemática de derechos humanos que supone la anómala legislación española. Es la ciudadanía la que está ofreciendo soluciones mientras las administraciones no sólo no están a la altura de las circunstancias, sino que legislan para beneficiar a los responsables de esta situación, tal y como demuestra la sentencia del TJUE.

La sentencia limita el derecho a la defensa de los deudores al impedirles recurrir en segunda instancia permitiendo que los bancos si lo hagan en una escandalosa desigualdad de las partes en el procedimiento. La ley española protege al fuerte y castiga al débil violando los principios más básicos del derecho a un juicio justo.

La Sentencia del TJUE coincide con el motivo 5º del Recurso de inconstitucionalidad redactado por la PAH contra la Ley 1/2013 que denunciaba la violación de los articulos 14 y 24 de la Constitución española de 1978. Hasta la fecha el TC no realizado manifestación alguna al respecto de la necesidad de proteger a los deudores hipotecarios frente a Ley que hoy es declarada contraria al derecho comunitario.  

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (sala Primera) ha dictado Sentencia en el asunto C-169/14, Sánchez Morcillo/Abril García vs BBVA, a raíz de unas Cuestiones Prejudiciales planteadas por la Audiencia Provincial de Castellón mediante Auto de fecha 02 de abril de 2014 afirmando que la Ley 1/2013 vulnera en el derecho a la tutela judicial efectiva el artículo 47 Carta de Derechos fundamentales de la Unión Europea y la Directiva 93/13 en materia de Consumidores y el no suspender el procedimiento hipotecario en caso de demanda ante el juzgado de lo mercantil es contrario al derecho comunitario.

La legislación anterior que regulaba las ejecuciones hipotecarias fue declarada ilegal por la Sentencia AZIZ dictada tambien por el TJUE. La Ley 1/2013 fue dictada en contra de la ILP de la PAH que reunió un millon y medio de firmas manteniendo las deudas perpetuas, los desahucios y un procedimiento sin garantias. Esta ley no solo no ha solucionada el problema sino que además ahora ha generado un nuevo caos procesal.

De nuevo, el gobierno del Partido Popular ha quedado en ridículo, ha quedado retratada su voluntad de favorecer los privilegios de la banca frente a los derechos fundamentales de las personas.

Tras este nuevo varapalo, el gobierno del Partido Popular queda retratado de nuevo. Desde la PAH exigimos la aprobación de las medidas de la ILP: moratoria de desahucios, dación en pago retroactiva y alquiler social para paliar una situación de emergencia habitacional provocada por las entidades financieras en connivencia con gobiernos de todos los colores.

Sí se Puede


Font: Eldiario.es

El Tribunal de Justicia de la UE falla contra la Ley Antidesahucios del PP

Considera que la legislación española viola los derechos fundamentales y obliga a modificarla

El deudor está en inferioridad de condiciones respecto al banco al no poder recurrir para lograr la suspensión de la ejecución hipotecaria

Pedro Águeda
18/07/2014 - 07:39h

La Ley Antidesahucios que aprobó en solitario el PP hace 14 meses va en contra los derechos fundamentales de los ciudadanos. Así lo establece una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) al considerar que la legislación española viola el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que consagra el derecho a la tutela judicial efectiva de todos los ciudadanos.

El fallo del TJUE, con fecha de 17 de julio, considera que la ley española (1/2013) coloca en una situación de inferioridad al deudor respecto del banco. En el caso de que un juzgado de lo mercantil de la razón al hipotecado frente a la entidad porque considera que se ha aplicado una cláusula abusiva y suspenda la ejecución de una hipoteca, el banco puede recurrir en apelación. Pero si el juez sentencia a favor del banco, el deudor no puede recurrir en segunda instancia para solicitar esa suspensión de la ejecución hipotecaria. Solo si al final el juzgado de lo mercantil da la razón al hipotecado, éste recibirá una indemnización, pero ya habrá perdido su casa.

La Ley 1/2013 de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social modificó la Ley de Enjuiciamiento Civil del año 2000 en materia de ejecución hipotecaria. Ahora, el Tribunal de Justicia de la UE considera que la legislación española contradice la Directiva 93/13/CEE del Consejo de 5 de abril de 1993. Esta, en el apartado 1 del artículo 7, establece que “los estados miembros velarán porque, en interés de los consumidores y de los competidores profesionales, existan medios adecuados y eficaces para que cese el uso de cláusulas abusivas en contratos celebrados entre profesionales y consumidores”.

Por extensión, el TJUE establece que la Ley Antidesahucios española viola igualmente el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales que establece que “toda persona cuyos derechos y libertades garantizados por el Derecho de la Unión hayan sido violados, tiene derecho a la tutela judicial efectiva, respetando las condiciones establecidas en el presente artículo”. El Gobierno se verá obligado, por tanto, a reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil, por ser la ley de procedimiento en la que introdujo modificaciones la Ley 1/2013.

El TJUE falló en marzo de 2013 que la legislación española era “abusiva”, en respuesta a una cuestión de un juzgado de Barcelona por el caso de un obrero marroquí que había sido expulsado de su casa en Martorell. El Ejecutivo llevó a cabo un mes después una reforma que no fue apoyada por ningún grupo de la oposición y suscitó un fuerte rechazo en la PAH. La Plataforma  había promovido una Iniciativa Legislativa Popular con un millón y medio de firmas, que incluía la dación en pago, y que los redactores de la ley ignoraron.

Próximos fallos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha intervenido esta vez a solicitud de la Audiencia de Castellón, que planteó una cuestión prejudicial por el litigio de una pareja con el BBVA. Los jueces de Castellón querían conocer el posicionamiento del TJUE antes de fallar y plantearon un procedimiento acelerado. Según fuentes jurídicas, el TJUE tiene al menos otras 16 cuestiones prejudiciales de otros tantos tribunales españoles aún por resolver.

La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) celebra el fallo del TJUE porque considera que “reconoce la vivienda como bien de consumo de necesidad básica, de manera que nos pone un poco más del recha del reconocimiento de la vivienda como derecho fundamental”, en palabras de uno sus abogados, Rafa Mayoral.

La PAH presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Antidesahucios y Mayoral considera que el fallo del TJUE coincide con algunos de los argumentos presentados en dicho recurso, lo que podría afectar a la decisión del Tribunal Constitucional.

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